
Cada vez más comunidades de vecinos instalan cámaras en el portal, el garaje o los trasteros. Bien hecho, es una forma eficaz de disuadir y de aclarar incidencias. Pero como se graban personas, hay que cumplir la normativa de protección de datos. Estas son las claves, según las indicaciones de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
1. Acuerdo de la junta de propietarios
La instalación en zonas comunes debe aprobarse en la junta de propietarios y quedar recogida en el acta. Conviene que el acuerdo indique cuántas cámaras se instalan y qué zonas cubren. Para conocer la mayoría necesaria en vuestro caso, consultad con el administrador de la finca.
2. Cartel informativo
Hay que colocar carteles visibles en los accesos a la zona vigilada que indiquen quién es el responsable del sistema y ante quién se pueden ejercer los derechos de protección de datos.
3. Qué se puede grabar
- Solo las zonas comunes de la comunidad.
- La vía pública, solo lo imprescindible (una franja mínima de los accesos).
- Nunca el interior de viviendas, terrenos o espacios privados de terceros. Si la cámara es orientable o tiene zoom, se usan máscaras de privacidad.
4. Cuánto tiempo se guardan las imágenes
Las imágenes se pueden conservar como máximo un mes y después deben borrarse, salvo que sean necesarias para denunciar un hecho ante la policía o el juzgado.
5. Quién puede ver las grabaciones
Solo las personas designadas por la comunidad. El grabador debe estar en un lugar de acceso restringido y, si se consulta por internet, protegido con usuario y contraseña robusta.
Una instalación bien hecha
Además de la parte legal, una buena instalación cuida la ubicación de cada cámara, la calidad de imagen de día y de noche, la grabación y el acceso seguro. En Parcu instalamos cámaras de seguridad para comunidades, viviendas y negocios en Santander, y os ayudamos a plantear la instalación para que cumpla lo que pide la normativa.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento legal. Para casos concretos, consulta la información de la AEPD o a tu administrador de fincas.
Preguntas frecuentes
¿Un vecino puede poner una cámara en su puerta?
Solo puede captar el espacio imprescindible de su propia entrada, sin grabar zonas comunes ni otras viviendas. Lo más prudente es consultarlo antes con la comunidad.
¿Cuánto tiempo se guardan las grabaciones?
Como máximo un mes, salvo que se necesiten para denunciar un hecho.



